martes, 24 de mayo de 2011

MACRI, EL CANDIDATO PROCESADO POR UN DELITO DOLOSO EN PERJUICIO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

EL CONSTITUCIONALISTA EDUARDO BARCESAT,  CONTRA NO POCAS PRESIONES,  PRESENTO UN ESCRITO ANTE EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA PARA QUE EL JEFE DE GOBIERNO PORTEÑO NO SE PUEDA PRESENTAR A LA REELECCION POR ESTAR PROCESADO,  A PARTIR DE LO CUAL SE ABRE UN CALIENTE DEBATE DEL CUAL DEPENDE MACRI, EN TORNO AL ARTICUL 57 DE LA CONSTITUCION DE BUENOS AIRES

EL CITADO ARTICULO, SUPERADOR EN CUANTO A SU RIGIDEZ A LA PROPIA CONSTITUCION NACIONAL, TIENE POR OBJETIVO “MEJORAR LA ETICA PUBLICA” ESTABLECIENDO TAXATIVAMENTE QUE NADIE PUEDE SER DESIGNADO EN LA FUNCION  PUBLICA CUANDO SE ENCUENTRA PROCESADO POR UN DELITO DOLOSO.  A ESO NADIE LO PUEDE REFUTAR.

LO QUE PONEN EN TELA DE JUICIO LOS MACRISTAS ES QUE EL CITADO ARTICULO DE QUE” NADIE PUEDE SER DESIGNADO, SE REFIERE A LOS FUNCIONARIOS NOMBRADOS Y NO A LOS ELECTOS POR EL VOTO POPULAR

SIN EMBARGO LOS QUE DEFIENDEN LA CANDIDATURA DE MACRI CON ESA ESTRATEGIA SE HAN OLVIDADO DE QUE EXISTE UNA DISPOSICION DE LA CONVENCION INTEAMERICANA CONTRA LA CORRUPCCION DE 1997,, ACEPTADO A TRAVES DE UNA LEY ARGENTINA, QUE UBICA TAMBIEN ENTRE OTROS,  A AQUELLOS QUE HAN SIDO DESIGNADOS O ELECTOS ELEGIDOS
PARA DESEMPEÑAR ACTIVIDADES DENTRO DEL ESTADO EN TODOS SUS NIVELES JERARQUICOS.

ES DECIR HACE UNA EQUIPARACION ENTRE ELECTOS Y NOMBRADOS QUE NO DEJA DUDAS.


Informe El Argentino   El constitucionalista, Eduardo Barcesat, presentó un escrito ante el Tribunal Superior de Justicia para que el jefe de Gobierno no se pueda presentar a la reelección por estar procesado en una causa. En diálogo con CN23, dijo que el artículo 57 está "para mejorar la ética pública".
El abogado constitucionalista Eduardo Barcesat, junto a su par Roberto Boico, presentaron un pedido de impugnación ante la justicia porteña a la candidatura a la reelección del jefe de Gobierno Mauricio Macri.

El argumento central es que el titular comunal se encuentra procesado, y el artículo 57 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece textualmente que “nadie puede ser designado en la función pública cuando se encuentra procesado por un delito doloso en perjuicio de la Administración pública. El funcionario que fuese condenado por sentencia firme por delito contra la Administración, será separado sin más trámite".

“Como yo no soy candidato, y quienes me acompañan tampoco, hicimos la presentación nosotros para que no sea lea como parte de la contienda electoral”, señaló Barcesat en diálogo con CN23.

Consultado sobre la estrategia de victimización que podría aplicar el jefe de gobierno ante esta situación, el letrado sostuvo: “Esta cláusula no se inventó para Macri, se inventó para mejorar la ética pública y la institucionalidad en la Ciudad. Si uno pone algo en la Constitución, no es para que este en la vidriera: es para que se aplique”.

En una presentación de 19 carillas efectuada ante el Tribunal Superior de Justicia (el máximo órgano judicial en el ámbito de la Ciudad), el constitucionalista hizo referencia a la calidad de procesado que tiene Macri en la causa que lleva adelante el juez Norberto Oyarbide por las escuchas telefónicas ilegales, en una medida que fue confirmada por la Cámara Federal.

“Tal y como taxativamente establece el primer párrafo del artículo 57 de la Constitucaión de la Ciudad, Macri se halla en situación de inhabilidad para ser designado, tras la compulsa electoral, como jefe de gobierno de esta ciudad”, declaró el letrado al anunciar el pedido que haría la Justicia

PARECE QUE LOS GLOBOS DE COLORES SE ESTAN DESINFLANDO

Informe Revista 23 De esta manera, un artículo de la Constitución porteña impide que un funcionario bajo proceso judicial asuma un cargo público. El efecto político. Los problemas de Mauricio Macri con la Justicia pueden comprometer su candidatura.

No era un problema resuelto. Apenas si durmió el sueño de los justos durante el tiempo en que el macrismo se abocó a resolver la interna Michetti-Rodríguez Larreta y terminó festejando que el jefe máximo buscara su reelección en la ciudad. Pero los globos de colores que decoraron el anuncio en un club de barrio se desinflaron y cuando el maquillaje Pro terminó de correrse, la política, cruda y feroz, reapareció con rigor. Mauricio Macri, el procesado, no podría presentarse como candidato en su propio distrito.

La afirmación no fue caprichosa. Según el artículo 57 de la Constitución porteña, “nadie puede ser designado en la función pública cuando se encuentra procesado por un delito doloso en perjuicio de la administración pública”. Así lo advirtieron, a través de un comunicado, el director del Laboratorio de Políticas Institucionales de la Universidad de Madres de Plaza de Mayo, Eduardo Barcesat, y el consejero Roberto Boico. Si se tiene en cuenta que Macri quedó imputado en la causa de las escuchas telefónicas –y que, a principios de mayo, la Cámara Federal confirmó su procesamiento por considerarlo presunto miembro de una “asociación ilícita” dedicada al espionaje ilegal–, el ingeniero no estaría habilitado para asumir nuevamente como jefe de gobierno, de ganar las elecciones.

Sin embargo, a días de la formalización de las candidaturas –el plazo vence el sábado 21 a la medianoche–, la advertencia jurídica de una posible impugnación generó polémica.
Paladines de la ley y el orden, desde el Pro defendieron a su jefe y buscaron desestimar la argumentación. Tanto el secretario de Gobierno, Marcos Peña, como la flamante compañera de fórmula, María Eugenia Vidal, adujeron que el artículo constitucional refiere a los funcionarios nombrados y no a aquellos que resultan electos por el voto popular. Ergo: el líder del Pro estaría exento de aquella consideración. Excepto por un dato que olvidan y que la Justicia podría considerar. La Convención Interamericana contra la Corrupción –que la Argentina firmó y ratificó, por medio de la ley 24.759, en 1997– entiende como “funcionario público” a cualquier “funcionario o empleado del Estado o de sus entidades, incluidos los que han sido seleccionados, designados o electos para desempeñar actividades o funciones en nombre del Estado o al servicio del Estado, en todos sus niveles jerárquicos”. Una equiparación entre “electos” y “nombrados” que despeja toda duda.

“Desde la perspectiva jurídica, el planteo es razonable –aseguró la legisladora de Encuentro Popular para la Victoria, María José Lubertino, a Veintitrés–. Incluso hay antecedentes, como el caso Patti, aunque allí se lo haya imposibilitado para asumir una banca por cometer un delito de lesa humanidad. Más allá de las diferencias, hay dos cosas importantes. Por un lado, el artículo 57 habla del empleo público y eso también cuenta para todo tipo de cargo electivo. Por el otro, si la cuestión se analizara éticamente, cualquiera podría comprender que una persona procesada debería autoexcluirse de toda candidatura.”

Carlos Fara, titular de la consultora Carlos Fara & Asociados, consideró que “aun suponiendo la presunción de culpabilidad, la participación de Macri en las elecciones está dentro del marco de la política. La Justicia será la que deba decidir cómo responde a una impugnación futura”. Para el analista, si el procesamiento no perjudicó al ingeniero, tampoco dañará su imagen ahora. “Y no porque no lo hayamos medido en encuestas –advirtió–. En su momento, los vecinos creían que era culpable de las escuchas pero también creían que la mayoría de los políticos hacía lo mismo. Sus preocupaciones, al momento de elegir un jefe de gobierno, son otras. En todo caso, impedirle a Macri competir sería un gran error, convertirlo en víctima.”

La idea de la proscripción fue recogida desde el espectro Pro, que apuntó a una operación kirchnerista para quitar a Macri de la carrera por la Ciudad.La Constitución porteña, así como la nacional, es clara respecto de los requisitos para los candidatos –expresó el legislador macrista Cristian Ritondo–. La interpretación del artículo 57 es un absurdo y esconde una intencionalidad particular: judicializar la política.”

Los analistas coincidieron en calificar la estrategia judicial como poco conveniente. “La victimización podría tener un efecto político en beneficio de Macri –consideró Ricardo Rouvier–. Aun así, si se lo inhabilita para competir definitivamente, el Pro sería el gran perdedor, teniendo en cuenta que su líder ya abandonó el proyecto político nacional y dejó abierta una incógnita respecto del futuro de su propio partido.”

Más allá de las especulaciones, ni siquiera la oposición al Pro terminó de unificar una postura en torno a la impugnación de la candidatura de Macri. La legisladora de Nuevo Encuentro Gabriela Cerruti aseguró que “lo mejor sería derrotar al jefe de gobierno en las urnas. Por eso, aunque su situación sería un claro ejemplo de desigualdad ante la ley, considero que no tendrá lugar en el ámbito porteño simplemente porque el Frente para la Victoria será el que gane las elecciones”. Lubertino abonó la misma teoría y sostuvo que “lo más conveniente es que la sociedad rechace su situación judicial y toda su gestión. En esta elección hay dos modelos en pugna. Uno que apunta a la igualdad en Buenos Aires y está en sintonía con el gobierno nacional y otro que privilegia las inequidades y la ineficacia. Este último se refleja en la fórmula Pro: un combo que integra el gerente general de los negocios con dinero público y la joven promesa de la desigualdad y la privatización de las políticas sociales”.

En voz baja, algunos operadores festejaron que la causa por las escuchas estuviera nuevamente en la agenda porteña pero pusieron reparos en los tiempos. “Hoy es posible que la impugnación haga ruido pero, ante una eventual segunda vuelta, alentaría el voto anti Macri. Sobre todo porque, en medio de esa polarización, nos permitiría demostrar que el jefe de gobierno no respeta a la Justicia y siempre tuvo problemas con ese poder del Estado”, explicó un asesor K.

Los escollos judiciales fueron, son y serán un dolor de cabeza para el ingeniero. En marzo, el juez Fernando Cubas rechazó un nuevo pedido de nulidad (suma tres) presentado por Macri para evitar su declaración indagatoria en la causa que lo tiene como imputado e investiga los abusos cometidos por la ex Unidad de Control del Espacio Público (UCEP). El organismo, creado en los primeros meses de su gestión al frente de la ciudad, perseguía y maltrataba a personas en situación de calle y fue denunciado en 2008 por la diputada de Proyecto Sur Liliana Parada. En abril pasado, la Sala I de la Cámara del Crimen rechazó la apelación de los abogados del intendente y confirmó la decisión de Cubas, que deberá fijar una nueva fecha para que Macri visite los tribunales.

Esa situación podría repetirse si lo salpica una demanda contra su ministro de Hacienda, Néstor Grindetti, y el director general de Crédito Público, Abel Fernández Semhan. Según una reciente presentación judicial a cargo de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), ambos funcionarios le habrían pagado a una empresa fantasma ocho veces más de lo normal la intermediación de la emisión del título público Tango Serie 8.

Mientras tanto, la libre interpretación de las normas judiciales será una de las estrategias Pro para surfear el futuro próximo. A Macri, el deportista, le gustan los desafíos. Habrá que esperar a ver si no se cae de la tabla

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